AL PERSONAL

La Junta Directiva General y la Gerencia General sienten especial complacencia en hacerle entrega a cada uno de los funcionarios de la Institución, de tres fórmulas de billetes emitidos en los años 1899 y 1900, cuando el Banco de Costa Rica ejercía funciones de banco emisor. Sin valor monetario alguno, el valor histórico de estos tres billetes, como se verá, es imponderable.

LIC. RODOLFO ULLOA ANTILLÓN, Gerente General

Diciembre de 1987)

Antecedente histórico:

El Contrato Soto-Ortuño (24 de octubre de 1884), concedió el privilegio de emisor único al Banco de Costa Rica, inicialmente por el duplo de su capital social y posteriormente por el cuádruple. Por tal razón, los billetes que circularon en Costa Rica durante aquellos años y hasta setiembre de 1896, en que se renunció al privilegio dicho, fueron emitidos por nuestra Institución; a partir de entonces billetes nacionales, esto es, pertenecientes a emisiones realizadas por el Gobierno fueron sustituyendo paulatinamente a los que el Banco tenía en circulación.

Las relaciones armoniosas que daban a nuestra institución el valor de un banco central, durante la vigencia del contrato mencionado, comenzaron a deteriorarse durante las administraciones de don Rafael Yglesias Castro (1894-1902) haciendo crisis total en 1896, con la consecuencia de renunciar a la emisión.

Dos años después, en marzo de 1898 en medio de una grave crisis económica motivada principalmente por la caída violenta de los precios del café en el mercado internacional, el Gobierno del señor Yglesias transó, mediante una ley, con la única institución fuerte que podría ayudarle: el Banco de Costa Rica. Los males se habían agravado con un problema internacional suscitado con el gobierno de Nicaragua por cuestiones de navegación y comercio en el río San Juan. En virtual estado de guerra, el Presidente  Yglesias demandó del Banco de Costa Rica un empréstito por $ 1.000.000.00 (pesos) para hacer frente a los gastos que la emergencia demandaba, autorizando al Banco para respaldarse con una emisión de billetes por esa suma. Los billetes serían al portador, amparados con moneda acuñada por lo que también se autorizaba a importar el metal necesario. Se le conoció como Emisión de Guerra.

Se imprimió mediante billetes de $ 5.00 (pesos) y es la única realizada entre setiembre de 1896 y la entrada en vigencia de la Ley de Bancos en agosto de 1900.

Características del billete de $ 5.00 (pesos):

  • Está fechado 1 de abril de 1899.
  • Indica el respaldo así: Banco de Costa Rica pagará al portador la cantidad de CINCO PESOS en moneda acuñada”, lo que se ajusta exactamente a la disposición de la ley.
  • El billete de importante valor histórico presenta las siguientes características: en el anverso una alegoría muestra un león africano en actitud agresiva, lo que no calza con la idiosincrasia costarricense ni representa la fauna nacional, a no ser que en esa ocasión así se quisiera representar el coraje y la bravura de nuestro pueblo.
  • El reverso del billete presenta una filigrana sin mayor propósito que el de cubrir dicha cara: no contiene arte ni motivos patrios.
  • El nombre de Costa Rica y del Banco constituyen toda la identificación del billete.

La sangre no llegó al río, sobrevino la calma y los límites de Costa Rica y Nicaragua seguirían siendo los señalados por el tratado Cañas-Jerez. La emisión completa de $ 1.000.000.00 (pesos) no fue puesta en su totalidad en circulación, razón por la que usted en estos momentos es poseedor de un billete de la Emisión de Guerra de 1899.

1900, Implantación del Talón de Oro:

El 15 de julio de 1900 se promulgó la más importante ley que normó la actividad económica y bancaria en la Costa Rica de fin y principio de siglo. La Ley de Bancos vino a limitar la emisión monetaria por pate de los bancos al 75% del capital y este debía estar constituido por oro nacional acuñado y efectivo. Un mes después, el 11 de agosto se suscribe el denominado contrato Quirós-Fernández (don Juan Bautista Quirós Segura por parte del Gobierno y el Lic. Mauro Fernández Acuña -el Gran Reformador- por nuestra Institución), en el cual se autoriza al Banco de Costa Rica a emitir hasta por C 2.000.000.00 (colones: nuevo nombre en virtud de la citada ley), sea el 100% del monto de su capital, debiendo sustituir a la mayor brevedad los billetes de su emisión en pesos por nuevos expresados en colones oro.

Características de los billetes de C 10.00 y de C 20.00:

  • La leyenda en ambos billetes que reza: “El Banco de Costa Rica pagará al portador la cantidad de DIEZ COLONES – VEINTE COLONES – en moneda de oro acuñado es la prueba fehaciente de que se trata de billetes emitidos al amparo de la Ley de Bancos con respaldo en moneda acuñada en oro. No se volvió a emitir durante el período que contempló dicha ley hasta su modificación en 1902, modificación que rehabilitó a la plata para respaldar emisiones.
  • En el reverso se destaca el edificio que albergó durante ocho décadas la sede central de la Institución (1890-1971). La alegoría de la edificación fue contratada a la casa American Bank Note Company New York en febrero de 1890 para celebrar la inauguración del edificio con una emisión de $ 500.00.00 (pesos) en billetes de $ 100.00, máxima denominación permitida en aquellos tiempor.

Usted es el feliz poseedor de estas dos fórmulas de C 10.00 y C 20.00, de la emisión de billetes amparada al Talón de Oro, porque nuestro Banco no lobró depositar en sus arcas el respaldo total en moneda de oro acuñada, limitando la circulación a aproximadamente C 1.000.000.00.

Sinopsis histórica por Luis E, Escalante L.
Lic. Bernardo Villalobos – Bancos Emisores y Bancos Hipotecarios en Costa Rica (180-1910).
Lic. Rufino Gil Pacheco – Ciento un Años de Vida Bancaria en Costa Rica.
Lic. Carlos Calvo Gamboa – Rafael Yglesias Castro

 

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